¿Se puede recuperar el IVA soportado en las cuotas de la comunidad de propietarios de los últimos 4 años?

Las empresas, generalmente, tienen en propiedad varios locales en los que instalan sus sedes o delegaciones, y por las que abonan periódicamente unas cuotas a la Comunidad de Propietarios así como derramas extraordinarias para mantenimiento del edificio. Este importe está considerado como un gasto irrecuperable, ya que las facturas las abona la Comunidad constituida a tal efecto, repartiendo luego el gasto entre los diferentes propietarios mediante recibos.

¿La Comunidad de Propietarios puede deducir el IVA de las facturas?

No. Las Comunidades, al ser consideradas consumidores finales ante la Agencia Tributaria no pueden desgravar el IVA soportado en los gastos que afronta, suministros, ascensores, limpieza, consejería, vigilancia, obras, reparaciones…etc. por lo que las cuotas que abonan los comuneros deben tener en cuenta ese incremento del valor del servicio.

Quien sí puede recuperar el IVA una vez abonada las cuotas, es la empresa propietaria del inmueble, por la cantidad proporcional a su participación dentro de esa comunidad.

¿Cómo se puede obtener un reembolso de las cuotas de Comunidad?

Para ampliar el servicio de Recuperación de IVA de los tickets de viaje (T&E), en 60dias ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de recuperar una parte de esos gastos que en principio pensamos irrecuperables.

La Agencia Tributaria faculta a las empresas propietarias adscritas a una Comunidad de propietarios la posibilidad de deducción en todas las facturas de los gastos en los que participa y poder descontar el IVA correspondiente a su coeficiente de participación en la misma.

¿Qué hacemos desde 60dias?

Contactamos primeramente con el Administrador de Fincas para analizar al detalle los gastos en los que el cliente participa y así poder solicitar las facturas a los proveedores correspondientes. Posteriormente se remite al cliente un fichero, adaptado a su sistema contable, con todas las facturas obtenidas detallando los distintos coeficientes de participación con el importe a compensar en su próxima declaración de IVA.

¿Qué ventajas obtenemos?

  • La posibilidad de recuperar el IVA de los gastos de los últimos 4 años
  • Disminuir la partida de gasto inmobiliario de forma notable.
  • Aumento de la tesorería al poder compensar más IVA soportado.
  • La rapidez del servicio contratado, en 3-4 meses recuperamos los últimos 4 años.