Alemania es uno de los países más abiertos a la recuperación del IVA por parte de las empresas, estén o no asentadas en su territorio. En el caso de empresas extranjeras que no tenga sede en el país, el proceso de recuperación variará dependiendo de si es europea, o no.
En la nación germana al IVA se le conoce como “Mehrwertsteuer” o por su acrónimo “MWST”. Existen 2 tipos impositivos distintos: el estándar del 19% que se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, y el reducido del 7% que se aplica a varios productos alimenticios, algunos transportes de pasajeros, libros, revistas, alojamiento en hoteles (solo corto plazo), servicios sociales, atención médica, comida para llevar, flores y plantas.
Debido a la excepcional situación en la que nos encontramos debido a la pandemia del COVID-19 las autoridades alemanas han rebajado temporalmente este impuesto, pasando a ser el estándar del 16% y el reducido del 5% por un periodo de un año, del 01 de julio del 2020 al 01 de julio del 2021.
Deducción del IVA en Alemania para empresas fuera de su territorio
Las compañías que no estén establecidas ni registradas a efectos de IVA en Alemania podrán solicitar la devolución de este impuesto por los gastos realizados en el país en la misma medida que las empresas alemanas, siempre que esté relacionado con su actividad empresarial.
El procedimiento de solicitud cambia dependiendo de si el país desde el que se realice la reclamación pertenece a la UE o no, así como que gastos están sujetos a deducción.
EMPRESAS EUROPEAS
Aquellas empresas con sede en algún país de la Unión Europea podrán recuperar el IVA soportado Alemán de acuerdo a los términos de la Directiva del Consejo Europeo 2008/9/EC, la cual establece que:
- El periodo de solicitud será de los 9 meses posteriores al año natural, siendo el 30 de septiembre la fecha límite.
- El periodo de reclamación no puede ser inferior a 3 meses, ni superior a un año, por un importe mínimo de 400€, salvo que represente el resto del año civil (por ejemplo noviembre y diciembre) en cuyo caso el importe mínimo será de 50€.
EMPRESAS NO EUROPEAS
Las empresas establecidas en países fuera de la Unión Europea podrán solicitar la devolución del IVA alemán según los términos de la 13º Directiva Europea. En este caso el plazo límite para las presentaciones es el 30 de junio del año siguiente al año natural en el que se incurre en el impuesto. En este caso los gastos deducibles dependerán del acuerdo de reciprocidad que tengan ambos países.
Gastos deducibles
En Alemania los gastos deducibles son prácticamente todos, siempre y cuando estos estén relacionados con la actividad de la empresa y se puedan justificar, como pueden ser:
- Gastos de comidas.
- Alojamiento.
- Asistencia a conferencias, exposiciones y seminarios de formación.
- Peajes de autopistas.
- Compra, arrendamiento y mantenimiento de vehículos de carga.
- Combustible.
- Transportes.
- Publicidad.
Para saber que gastos puedes deducirte en el país germano en más fácil aprender cuales no se pueden recuperar, ya que solo tiene 2 limitaciones: los bienes de lujo y los obsequios a personas externas a la empresa que superen los 35€ al año. El resto del IVA soportado es totalmente deducible siempre que sean con fines de la actividad empresarial.