Deducción del IVA en Países Bajos para empresas no establecidas en su territorio

Países Bajos ha preservado su vocación comercial durante siglos y, debido a su situación geográfica privilegiada, sigue siendo una vía de entrada hacia el corazón económico del continente europeo. Esto ha causado que el intercambio de bienes y servicios en su territorio tanto a empresas holandesas como extranjeras no sea una novedad.

El sistema tributario holandés en relación al Impuesto del Valor Añadido es muy similar al de otros países de la Unión Europea. Llamado en su lengua natal como “Belasting Toegevoegde Waarde” (BTW), el IVA de Holanda tiene como tasa estándar el 21%, existiendo también la tasa reducida del 9%, aunque esta última era antes del año 2019 del 6%. De esta manera, la tasa estándar se aplica a todos los bienes y servicios que no están exentos y que no están sujetos a las tasas del 9% y el 0%.

Deducción del IVA en Países Bajos para estados miembros y no miembros de la UE

Aquellas compañías que no estén establecidas ni registradas a efectos de IVA en Holanda podrán requerir la devolución del IVA soportado en dicho territorio a sus autoridades fiscales del mismo modo que lo hacen las empresas holandesas allí establecidas.

El procedimiento para este tipo de devolución varía según el país en el que esté establecida la compañía solicitante.

Empresas establecidas en Estados Miembros

La Directiva 2008/9/CE del Consejo articula el mecanismo que permite la devolución del IVA holandés soportado para aquellas compañías establecidas en otros países de la UE. Dicha Directiva establece como requisitos:

  • La fecha límite de presentación de la solicitud es a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente al período de devolución.
  • El periodo mínimo de reclamación es de tres meses por importe de 400€, siendo el periodo máximo de un año por importe de 50€.

Empresas establecidas en Estados No Miembros

De la misma manera, las empresas establecidas fuera del territorio de la Unión Europea tienen derecho a la devolución del IVA soportado en los veintisiete Estados Miembros, entre los que se encuentra Holanda. La 13º Directiva Europea es la que permite esta solicitud de devolución del IVA holandés a estas empresas. De esta manera, el plazo límite para las presentaciones es el 30 de junio del año siguiente al año natural en el que se incurre en el impuesto.

Deducibilidad del IVA en Países Bajos

Se permite la deducción del IVA soportado por la compra de bienes y servicios siempre y cuando estén relacionados con la actividad empresarial. Asimismo, para ello es necesario que la factura de impuesto cumpla lo requerido por las autoridades fiscales neerlandesas.

Como ejemplos de gastos cuyo IVA puede ser recuperado se pueden citar:

  • Alojamiento
  • Combustible
  • Transportes
  • Parking
  • Asistencia a conferencias, exposiciones y seminarios de formación
  • Publicidad

En contraposición a lo anterior, el IVA soportado en gastos de alimentación y restauración no es deducible en Países Bajos.

Particularmente en Holanda, si el importe total de su factura no supera los 100 € con IVA incluido, los requisitos de la deducibilidad son menos estrictos.